Primero: Con lugar, el recurso de amparo constitucional interpuesto por el abogado Fran Reinaldo Rosales Zambrano, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 31.592, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Segundo: La nulidad de la sentencia dictada en fecha 22 de mayo de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Tercero: Se ordena, al Juzgado de Primera Instancia que resulte competente previa distribución, dictar nueva sentencia al fondo de la causa.
Cuarto: No hay condenatoria en costas, por tratarse de un amparo constitucional contra decisión judicial.
Quinto: Remítase a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Táchira, con oficio, copia certificada de la presente sentencia