Primero: Declara sin lugar la apelación interpuesta por la co demandada Consuelo Yañez de Porras, mediante diligencia de fecha 01 de julio de 2010.
Segundo: Confirma la decisión dictada, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, que declara con lugar la demanda por nulidad de venta con pacto de retracto, propuesta por Karla Tatiana, James Carlos y Carly Mileidy Arellano Contreras. En consecuencia, declara la nulidad del documento de fecha 19 de febrero de 1999, protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, anotado bajo el No. 18, Tomo 009, Protocolo 01, Folios 1/4, Primer Trimestre.
Tercero: Condena en costas, a la parte demandada.