DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos: ILSE MARIA D´SANTIAGO DE PEÑA y FERNANDO PEÑA VALERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.429.157 y V-4.321.036, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, ante el Prefecto del Municipio Pedro María Morante del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha veintiuno (21) del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), según consta en acta de matrimonio Nro 243.