IV
DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con las facultades otorgadas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano CRISANTO BASTOS contra los ciudadanos FRANCISCO PESTANA y NIETO JOSÉ DEL CARMEN, por ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en la presente demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Una vez firme la presente decisión se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la S.....