En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Miriam del Carmen Maggiorani, parte querellada, asistida por el abogado Henry Varela Betancourt, mediante diligencia de fecha 7 de octubre de 2016.
SEGUNDO: ORDENA al tribunal de la causa que agregue las pruebas promovidas en forma anticipada por la parte querellada, providenciándolas en la oportunidad procesal correspondiente, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
TERCERO: REVOCA el auto de fecha 4 de octubre de 2016 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la natura.....