´expuestos este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: Se declara EXTINGUIDA la Pensión Alimentaria, formulada por la ciudadana DAYANA FERNANDEZ NUÑEZ contra CARLOS EDUARDO PERNIA CRUZ, por haberse configurado los preceptos normativos para la extinción de la obligación de manutención prevista en el literal "b" del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
SEGUNDO:Una vez cumplido el lapso para que adquiera el carácter de firmeza, se declara terminado el presente juicio y se ordena su archivo.
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