PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Demanda que por Fijación de Pensión de Alimentos intentó la ciudadana CARMEN ALICIA CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-4.211.442, domiciliada en El Abejal, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de las niñas (identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano ORLANDO ROBERTO ANTOLINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.351.896, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para las (identidad omitida por disposición de la LOPNA), la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) mensuales, la cual será ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela y ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes.-
TERCERO: Se fija como cuota especial y adicional a la Pensión de Alimentos, la .....