este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA:
PRIMERO: CON LUGAR el desistimiento de la acción en la presente causa y el archivo del expediente, tal como fue solicitado por las partes ya identificadas.
SEGUNDO: Levantar la medida de retención y hacer entrega a ambas partes de 24 mensualidades por una cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES, del monto de las prestaciones del obligado, en consecuencia librar el oficio al Jefe de la Policía del Estado Táchira, manifestándole lo acordado.
TERCERO: Consignar escritura de la propiedad del terreno donde se va a realizar las mejoras así como de las mejoras construidas.
Dada, Firmada, Sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del dos.....