PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra del imputado LUÍS LEGUIZAMÓN BERMÚDEZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Gramalote, Departamento Norte de Santander república de Colombia, nacido en fecha 16 de enero de 1970, de 41 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº E.- 84.398.671, hijo de José Leguizamón (v) y de Bernarda Bermúdez (v), Comerciante, residenciado en la vereda Palmira, Nº 9-11, Llano Jorge, San Antonio, Municipio Bolívar, Táchira, teléfono 0424-313.65.18 (personal), por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto en el artículo 322 y sancionado en el artículo 319 del Código Penal, en perjuicio de la fe pública, de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS ofrecidas por el representante del Ministerio Publico, por considerarlas licitas, útiles y pertinentes par.....