CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana HENRIQUEZ CAMACHO YSORA AYEXSA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.057.133, a favor de sus hijos XXXXXXXXXXX, de doce (12), once (11) y cuatro (04) años de edad respectivamente, contra el ciudadano JESUS MARIA DIAZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.640.657, en consecuencia se fija la cantidad de BOLIVARES TRESCIENTOS (Bs.300,oo) mensuales la Obligación Alimentaria a favor de los mismos, lo que equivale a un poco menos de medio (1/2) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, una por la cantidad de BOLIVARES TRESCIENTOS (Bs.300,oo) en el mes de Septiembre como Bonificación Escolar, y la otra por la misma cantidad en el mes de Diciembre como Bonificación Especial de Fin de Año, cantidades estas que deben ser descontadas de la pensión por incapaci.....