De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Política y artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, así como por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de la Instancia en la presente causa que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoara la sociedad mercantil INMOBILARIA INTERNACIONAL DE BIENES RAICES C.A, representada por su apoderado judicial abogado Indover Sayago Jaimes, en contra de la ciudadana YESSICA LISBETH MONCADA QUINTERO, todos ya suficientemente identificados.
SEGUNDO: Extinguida la Instancia en la presente causa.
TERCERO: Notifíquese mediante boleta, la presente decisión a la parte demandante. Cúmplase.
CUARTO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
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