este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de las imputadas SANDRA VICTORIA MANCHEGO DE SUAREZ, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, natural de la Rubio, Estado Táchira, Titular de la Cedula de identidad N° V.- 9.466.374, de 39 años de edad, nacida en fecha 02-09-1967, de estado civil viuda, de Profesión u Oficio "ama de casa", hija Maria Antonia Meneses(V) y Marco Tulio Manchego, residenciada Misia Julia, Calle N° 2, Casa N° 12-6, Rubio, Estado Táchira, y MARIA EUGENIA ARANGO ORTIZ, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, natural de la Rubio, Estado Táchira, Titular de la Cedula de identidad N° V.- 11.107.121, de 35 años de edad, nacido en fecha 26-02-1972, de estado civil Soltera, de Profesión u Oficio " comerciante", hija de Maria Elena.....