DECRETA: 1°: La suspensión de la presente causa hasta que ocurra el vencimiento del lapso otorgado por el decreto presidencial n. ° 21, de fecha 24.4.2013, publicado en la Gaceta Oficial n. ° 40.153 del 24.4.2013.
Notifíquese a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, mediante oficio de la presente decisión con inserción de copia certificada de la misma para lo cual se ordena a la Secretaría efectuar el trabajo fotostático, verificación y certificación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.