ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JONATHAN LEO MARTÍNEZ QUINTERO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido el día 3 de agosto de 1971, de 33 años de edad, hijo de Leonardo Martínez (f) y Lya Quintero (v), titular de al cédula de identidad V-11.281.240, de estado civil soltero, de profesión comerciante, residenciado en la Urbanización Los Olivos, Avenida 69 con calle 76, Casa N° 75-48, Teléfono 0414-3766744, Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, tipificado en el artículo 323 del Código Penal, en concordancia con el artículo 320 eiusdem, en perjuicio de La Fe .....