EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha veintidós (22) de marzo de 2010 por el ciudadano Cruz Gerardo Anteliz, asistido de abogado contra el auto de fecha dieciocho (18) de marzo de 2010 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha dieciocho (18) de marzo de 2010 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial. TECERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADO el auto apelado.