Primero: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Evelio Parra Rodríguez, en su carácter de defensor privado de J. A. R. A. (identidad omitida por disposición legal), contra la decisión dictada en fecha 10 de abril de 2013, publicada el 12 del mismo mes y año, por el abogado José Antonio Pardo Sánchez, Juez Provisorio del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Penal Adolescente de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró penalmente responsable al mencionado acusado, por la comisión del delito de desvalijamiento de vehículo automotor, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurtos y Robo de Vehículos Automotores, imponiéndole la medida de reglas de conducta por el lapso de un (01) año.
Segundo: Confirma en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto anterior.