EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada mediante diligencia fechada veintidós (22) de octubre de 2014, ratificada el día once (11) de noviembre de ese mismo año contra la decisión proferida por el a quo en fecha cuatro (04) de noviembre de 2013. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el a quo en fecha cuatro (04) de noviembre de 2013, que declaró: "PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE NOTIFICACIÓN, interpuesta por el ciudadano RAFAEL ELBANO MOLINA ARAQUE, en su carácter de Director Ejecutivo de la Sociedad Mercantil "DISTRIBUIDORA OCCIDENTAL DEL CAUCHO, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil "ATIKO BIENES RAICES, C.A." representada legalmente por su Presidente GERARDO FRANCISCO JUGO RUEDA, suficientemente identificado en autos. SEGUNDO:.....