PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por: NIDIA SANDIA DELGADO TAMI venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 10.160.325 de este domicilio y hábil, contra del ciudadano: REMI JOSE RAMIREZ, venezolano, mayores de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad Nro V- 5.678.730 respectivamente, por RECONOCIMIENTO DE COMUNIDAD CONCUBINARIA.
SEGUNDO: SE RECONOCE, la existencia de la comunidad concubinaria de los ciudadanos NIDIA SANDIA DELGADO TAMI Y REMI JOSE RAMIREZ plenamente identificados en autos, desde el mes de Septiembre de 1994 hasta el mes de Agosto de 2007.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo se condena en Costas a la parte que resulto vencida.
Publíquese, regístrese NOTIFIQUESE y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circun.....