Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLAR CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR: VICTOR MANUEL MENESES MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad nro:V-5.672.666, condenándose a la parte demandada en base a los artículos establecidos bajo la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 04-03-2012.
Fecha de Egreso: 30-03-2013.
Tiempo de Servicio: 01 año, 26 días.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 01 año más 26 días; y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.
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- Por concepto de ANTIGÜEDAD, le corresponden 60 días, para un total Bs.1.251,21 más los intereses por Bs. 90,00 ; para un .....