En consecuencia por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juez de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley: DECLARA CON LUGAR. La presente demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, formulada por la ciudadana: MARÍA OLINDA VILLAMIZAR CELIS, Venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.790.234, domiciliada en el sector 11 de Junio Vía La Espinosa, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y Civilmente hábil, en beneficio de la niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), plenamente identificada en autos, en contra del Ciudadano DARWING JAVIER HERNÁNDEZ LAMAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-14.743.148 y en consecuencia se acuerda:
PRIMERO:.....