este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION, la suma de: CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) semanales para un total de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) mensuales, por concepto de obligación de Manutención, los cuales serán depositado los días martes de cada semana, en la cuenta que el Tribunal mandara aperturar.
SEGUNDO: En época de inicio del año Escolar el mes de AGOSTO el padre y la madre se comprometen a cancelar en partes iguales los gastos de la compra de los Útiles y Uniformes Escolares, es decir el 50% .....