En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia la Partida de Nacimiento No. 2196 de fecha 31 de Julio de 1963, que corre inserta en los libros del Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana MARBEL LOURDES CASIQUE MORA; queda rectificada en el sentido que el primer nombre es "MARBEL LOURDES CASIQUE MORA", y no como erróneamente se indicó, "MARVEL LOURDES CASIQUE MORA", es decir, que su nombre es "MARBEL LOURDES CASIQUE MORA". Líbrense oficios respectivos anexándose copia certificada de la presente sentencia, a los fines de que la misma sea inscrita en los libros del Registro Principal del Estado Táchira.
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