En virtud de todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide lo siguiente:
RESUELVE
PRIMERO: ACUERDA otorgar el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, solicitado por el penado de autos BARRETO JOSÉ LUIS, plenamente identificado en autos, por las razones de orden legal, expuestas en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: Se establece el presente régimen por el lapso de: TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOCE (12) DÍAS, para el penado BARRETO JOSÉ LUIS.
TERCERO: Se le impone al penado BARRETO JOSÉ LUIS, las siguientes condiciones:
1.- No salir de la Circunscripción Judicial de los Estados Táchira sin permiso previo del tribunal;
2.- No cambiar de residencia sin permiso previo y por escrito del tribunal
3.- No frecuentar lugares donde expendan bebid.....