Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 49 y 257 de nuestra Carta Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano RENSON ALEMBERT VERA DELGADILLO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No.CC-13.499.538, domiciliado en San Antonio del Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Desalojo, incoara el ciudadano NELSON ANTONIO SOTO PRADA, asistido por el abogado Sósimo Pernía Mogollón, en contra del ciudadano RENSON ALEMBERT VERA DELGADILLO, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
TERCERO: Se ordena al ciudadano RENSON ALEMBERT VERA DELGADILLO, entregar a la parte demandante NELSON ANTONIO SOTO PRADA, el inmueble consistente en un (01) local ubicado en la planta ba.....