ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA MEDIDA realizada por la defensa a favor del imputado WILMER ALEXIS GELVIZ MANRIQUE, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 12 de Diciembre del 1979, titular de la Cédula de identidad N° V.- 16.422.536, de 30 años de edad, hijo de Nora Manrique (v) y Xemeon Gelvez (v), soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en la calle 6; la Ceiba; casa sin número; Rubio Municipio Junín, Estado Táchira, teléfono 0426-6714777, y se le sustituye con una Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa, debiendo el imputado cumplir obligatoriamente con las siguientes exigencias de ley: 1º) Firmar un Acta de Compromiso y Juratoria mediante la cual se obliga a cumplir con las siguientes condiciones: .....