declara suficientes para asegurarle a la ciudadana SERELIZ HERNÁNDEZ ARELLANO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.145.466, de este domicilio y hábil, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras construidas sobre un lote de terreno baldio, sobre el cual existen mejoras agrícolas propiedad del ciudadano SERGIO ANTONIO HERNÁNDEZ,Las mejoras realizadas tienen un valor aproximado de NOVENTA Y CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 95.000.000,00). Conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos a terceros.