Por la motivación antes expuesta este JUZGADO PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA PRESCRIPCION DE LA ACCION.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la demanda que por de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoara la ciudadana Maria Octavia Rosales de Narváez en contra de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), ambas partes ampliamente identificadas en esta decisión.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, en virtud de que el trabajador devengaba menos de tres salarios mínimos, esto de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código .....