Por todo lo anteriormente expuesto, es por lo que esta JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo establecido en el artículo 08, 25, 80, 358 y 395 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 57 y 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la Entrega Formal de la niña MARIA ESTHER ESCALANTE a su progenitora ciudadana MARIA ESTHER ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2. 813.309, domiciliada en el Barrio Fátima Carrera 7 casa N° 5-15 La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y en interés superior de la mencionada niña, a fin de asegurar sus derechos, deberes y garantías, se conmina al Consejo de Protección del Municipio Jáuregui, para que proceda a dictar la Medida de Protección prevista en el .....