Ahora bien, por cuanto la anterior transacción no es contraria a derecho ni esta expresamente prohibida, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada por los ciudadanos, ORLANDO RAMIREZ CONTRERAS Y NORMA YADIRA CHACON DE RAMIREZ, en su carácter de demandados, asistidos por el abogado José Manuel Restrepo Cubillos y por los demandantes LILIANA LISMAR LISCANO PIÑA, JAVIER ALEXANDER LEON CORDERO y CARLOS TORRES ALBARRACIN, asistidos por la abogada Yaqueline Rodríguez, en los términos plasmados en la misma, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.