por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, ha instaurado la empresa SERVICIOS UNIDOS S.A., de este domicilio, inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 13 de octubre de 1.953, bajo el N° 92, con modificaciones inscritas en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 10 de julio de 1.978, bajo el 15, tomo 9-A, en la persona de su Presidente OSWALDO JUGO RUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.894.548 y de este domicilio, en contra del ciudadano JOSÉ RODOLFO GALAVIS MORA, venezolano, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 3.792.994. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.