EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de manera oficiosa DECLINA LA COMPETENCIA por razón de
territorio y acuerda remitir el presente expediente al Juzgado distribuidor de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la prosecución de la causa junto con la libreta de ahorros N° 0007-0047-91-0010061180, del Banco de Fomento Regional Los Andes, correspondiente al referido expediente; una vez vencido el lapso que establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo ofíciese a la Entidad Bancaria BANFOANDES a los fines de informar el traslado de que es objeto la cuenta en cuestión. CUMPLASE.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los Diecisiete (17) días del mes de abril del dos mil seis.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABOG. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA,
ABOG. CLAUDIA L., SIERRA J.....