este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La incompetencia para conocer de la presente demanda intentada por el ciudadano ANTONIO GUADALUPE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.452.455, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TACHIRA (UNET), en la persona del ciudadano JOSE VICENTE SANCHEZ FRANK, por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente acción al Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso y Administrativo de la Región Los Andes con sede en Barinas, y se ordena remitir el presente expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN .....