en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acto de composición voluntaria celebrada entre las partes, donde establecieron el lapso de la entrega real, material y efectiva del inmueble consistente en un apartamento signado con el No. 2, ubicado en la Concordia, Calle 4, No. 11-29, primer piso, Municipio San Cristóbal, para el día 14 de noviembre de 2018 y pagar por la cantidad de SETECIENTOS DE BOLIVARES (Bs.700,00) concediéndole el carácter de Sentencia con autoridad de cosa juzgada y dando por terminado el juicio y no se archive el expediente hasta que conste en autos el cumplimiento de lo convenido y aquí homologado.-