ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se levanta la Medida de Coerción personal impuesta al ciudadano HERNANDO VILLAREAL ARAQUE, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 09-06-1959, de 45 años de edad, soltero, de profesión u oficio taxista, titular de la cédula de identidad N° V-5.687.197, domiciliado en Vega de Aza Urbanización La Vega calle 7 casa N° 06 Municipio Torbes Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 2° del Código Penal en concordancia con el articulo 415 ejusdem, en perjuicio del ciudadano BELKIS RAMONA CARDENAS GRATEROL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de los mismos, por haberse cumplido el término de vigencia y condiciones del régimen de prueba, impuesto en su contra, por EXTINCIÓN D.....