Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para el conocimiento del recurso de invalidación de la transacción interpuesta por la ciudadana MARIA YELITZA CASTRO VALENTE contra los ciudadanos María Angélica Guilarte Astudillo en representación de su hijo adolescente JAVIER RICO GUILARTE, Marcela de las Mercedes Ramírez de Rico, y las empresas Consorcio Constructora del Mar, Constructora Manhattan, C.A., Constructora El Ancla, C.A. y Constructora Guipuzcoana E.V., C.A. En consecuencia, DECLINA la competencia para el conocimiento del recurso de invalidación en cuestión en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente con sede en el Estado Vargas.
Se ordena remitir el expediente al Juzgado Distribuidor del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripc.....