declara CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos: FLORENTINO MONCADA OVALLOS y ANA BEATRIZ JEREZ DE MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.156.322 y V-13.170.798, respectivamente, de este domicilio, asistidos el primero por el abogado CARLOS AUGUSTO MALDONADO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.192.816, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 70.212. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado en fecha 11 de diciembre de 1.987, por ante el Presidente del Concejo Municipal del Distrito Pedro María Ureña, según consta en el acta N° 593.