este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA , Administrando Justicia con base a la potestad establecida en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO : CON LUGAR la Medida de Secuestro sobre el bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento descrito así: Un inmueble tipo apartamento PB/1, ubicado en planta baja, con todos los servicios necesarios para ser habitado, tres puestos de estacionamiento y ático, ubicado en el Conjunto Residencial El Country Torre A, Urbanización Las Acacias.
SEGUNDO: SIN LUGAR la Medida de Embargo preventivo sobre bienes propiedad de los demandados.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
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