este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLAR CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR: CESAR EDUARDO BECERRA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad nro: V- 18.091.048, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 21-05-2009.
Fecha de Egreso: 21-08-2010.
Tiempo de Servicio: 1 año, y 3 meses.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 1 año, más 3 meses y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.
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- Por concepto de ANTIGUEDAD, le corresponde un equivalente total de Bs. 2.870,81.
- Por concepto de VACACIONES, le corresponde 19 días; a razón de Bs. 53,03 diarios, lo que equivale .....