Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos ISOLINA ZAMBRANO CONTRERAS, WILMER JESUS MORALES ZAMBRANO, VICTOR MANUEL MORALES ZAMBRANO, CESAR ALEXIS MORALES ZAMBRANO y JANETH ASTRID MORALES ZAMBRANO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 3.792.149, V- 10.164.342, V- 10.164.378, V- 11.504.678 y V- 12.230.754, respectivamente; en su condición de Cónyuge la primera e hijos el resto; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus VICTOR MANUEL MORALES, quien falleció Ab-Intestato, en el Municipio San Cristóbal, Parroquia La Concordia del Estado Táchira, el día 01 de Mayo de 2018, según consta de Acta de Defunción, anteriormente señalada, conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedando a salvo todo derecho de terceros.