214° y 165°
Vencido como se encuentra el lapso otorgado por este Tribunal mediante auto de fecha 04 de octubre de 2024 (flo. 170) para que la parte actora estableciera la cuantía conforme a lo estipulado en el Articulo 1 literal "B" de la resolución Nro.2023-0001, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 24 de mayo de 2023, sin que se produjera su subsanación.
En consecuencia, le es forzoso declarar la INADMISIÓN DE LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano WIRLEZA ASTRID COLMENARES ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-20.424.426, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.197.871, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo a RAUL ANDRES ROA VOLCAN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-19.359.226, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 197.872, en contra de JESÚS RAMÓN DELGADO VILLAMIZAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-15.989.118. As.....