Por lo anteriormente expuesto, esta JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLECENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA de nacimiento del adolescente KEINER JOSE VARELA MARTINEZ de quince (15) años de edad, signada con el N° 710 levantada el 13 de Abril de 1992 por la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Táchira, deberá quedar rectificada en el sentido de que donde aparezca el primer nombre del adolescente como "REINER", deberá decir es "KEINER", así mismo que donde aparezca los apellidos de la madre del adolescente como "RUIZ DIAZ" deberá decir es "MARTINEZ RUIDIAZ".
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil insértese la presente sentencia en los Libros llevados por el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchi.....