En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA DE EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la Escritura Pública Nº 9221 de fecha 18 de diciembre de 2013, de Divorcio y Liquidación de Sociedad Conyugal otorgada por mutuo acuerdo de los ciudadanos colombianos Jenny Delfilia Quiroga Chinchilla y Julio César Orozco Fuentes, ante el Notario Noveno de Bogotá, D.C, República de Colombia, y autorizada por éste.
Publíquese, regístrese, y notifíquese; déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvase lo original actuado.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Secretaria en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segun.....