De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: PASTOR GREGORIO PULIDO FONSECA Y ANA ISABEL CHACON PEREZ, plenamente identificados, contraído por ante la prefectura de la concordia del municipio San Cristóbal del estado Táchira, tal y como consta de copia certificada del Acta de Matrimonio N° 346, de fecha 20 de noviembre de 1995, que anexan marcado "A".
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENT.....