1. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada IRAIMA YANETTE IBARRA SALAZAR, con el carácter de defensora del adolescente para el momento de los hechos R.A.G.B (identidad omitida por disposición legal).
2. ANULA la sentencia definitiva dictada el 11 de agosto de 2008, y publicada in extenso el 19 de septiembre del mismo año, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró responsables penalmente a los adolescentes W.C.V, R.A.G.B y C.E.D.G (identidades omitidas por disposición legal), de la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano EDWIN ALEXIS RUIZ GUERRERO, imponiéndoles como sanción definitiva la medida de privación de la libertad por el lapso de tres (03) años y simultáneamente la medida de reglas de conducta, por el lapso de dos (02) años.
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