PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado CARLOS JAVIER JIMENEZ, por el delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte t 163 numerales 11 y 7 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Condena a CARLOS JAVIER JIMENEZ, a cumplir la pena de (10) DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte t 163 numerales 11 y 7 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Esta.....