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Decisiones del dia 18/01/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 1165-2004 N° Sentencia : 8 Fecha: 18/01/2007
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
USECHE CLARI / FUENTES CÉSAR
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, NIEGA la solicitud formulada por ciudadana CLARI MARINI USECHE PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.437.326, referente al pago de los gastos médicos y el 50% de los gastos del cumpleaños.
Juez/Ponente:
Betty Yhajaira Varela Marquez
Organo:
Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad
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N° Expediente : 668-2002 N° Sentencia : 7 Fecha: 18/01/2007
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
CASIQUE GLADYS/NARANJOS LEONIDAS
Resumen:
le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la ciudadana GLADIS OLAYA CASIQUE, de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación Alimentaría).
Juez/Ponente:
Betty Yhajaira Varela Marquez
Organo:
Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad
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N° Expediente : 1208-2005 N° Sentencia : 6 Fecha: 18/01/2007
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
PRIETO LLANELY / RODRÍGUEZ ORLANDO
Resumen:
PRIMERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a la cantidad SEISCIENTOS OCHENTA MIL SETENTA BOLÍVARES CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.680.070,39) mensuales, la cual deberá ser depositada en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, desde el mes de Febrero de 2007. SEGUNDO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar, en el mes de septiembre, se fija la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA MIL SETENTA BOLÍVARES CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.680.070,39), adicional a la cuota extraordinaria mensual. TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada decembrina, se fija una cuota de SEISCIENTOS OCHENTA MIL SETENTA BOLÍVARES CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.680.070,39), adicional a la cuota extraordinaria mensual. CUARTO: En cuanto a los gastos de Asistencia Médica y Medicinas, éstos continúan rigiéndose por el acuerdo suscrito entre los padres en fecha 21 de noviembre de 2005, inserto a los folios 184 y 185 del expediente. QUINTO: El pago inmediato de la suma de .....
Juez/Ponente:
Betty Yhajaira Varela Marquez
Organo:
Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad
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