este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: En virtud de la verificación del efectivo cumplimiento de las obligaciones impuesta por el Tribunal al imputado de autos, SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano EMILIANO RUIZ SALAZAR, EMILIANO RUIZ SALAZAR quien es de nacionalidad venezolana, natural de Guican, Boyacá, República de Colombia, de 51 años de edad, nacido el 24-12-1953, titular de la cédula de identidad Nº E.-81.822.772, de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, hijo de Emiliano Ruiz (f) y de Paulina Salazar (v), residenciado en La Petrolea, Aldea La Alquitrana, Barrio Moscú, calle principal, ca.....