este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º y 4º en concordancia con el artículo 259, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado, TORRES HENRY, venezolano, nacido en fecha 10-09-1965, de 41 años de edad, con cedula de identidad N° V- 9.229.538, hijo de Alberto Moros (v), y Carmen Torres (v), residenciado en el Barrio Táchira, calle principal, N° 20, San Cristóbal, Estado Táchira, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN, ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 375, 460, 278 del Código Penal, esto es con las obligaciones de:
1.- Presentaciones cada DOS (02).....