El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDIÓ FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia en la que se decretó el Divorcio del matrimonio contraído por los ciudadanos Rodrigo Avilés Miranda y Karina Lilsbeth Piment Sánchez, el 291 de agosto de 2002 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y transcrita en el Registro Civil de los Estados Unidos Mexicanos, dictada por el Juzgado Cuarto Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla con Residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México en fecha 23 de marzo de 2009.