"...CUARTO: La ciudadana DORIS ELISA RAMIREZ, manifiesta en este acto que acepta en todas y en cada una de sus partes el ofrecimiento hecho por el ciudadano JESUS MARIA VALDEZ GUIZA. Terminado los puntos del presente convenimiento, se le dio lectura del acta a las partes, quienes estando conformes firman." (Folio 13).
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal..."